¿Es legal cobrar recargo por pagar con datáfono en Colombia?
“Con tarjeta le sale un 5 % más.” Si tienes un negocio y te preguntas si puedes cobrarlo, o si te conviene, aquí te contamos qué dice la norma y qué cambió en 2026.
Actualizado: octubre de 20265 min de lectura
¿Qué dice la norma?
El Estatuto del Consumidor obliga a informar el precio final de forma clara antes de la compra. Por eso un recargo por pagar con tarjeta solo es válido si:
- Está anunciado de forma visible, por ejemplo en un aviso junto a la caja.
- El cliente lo conoce antes de elegir cómo pagar.
- Se cobra igual a todos los que pagan con tarjeta.
Si no se informa, el cliente puede quejarse ante la SIC, que puede sancionar al comercio.
¿Por qué los comercios cobran recargo?
Por dos costos que reciben al cobrar con tarjeta:
- 1
La comisión del datáfono o del proveedor de pagos
Es el porcentaje que cobra quien procesa el pago.
- 2
Las retenciones
En las ventas con tarjeta se han aplicado retenciones a cuenta de impuestos, como la retención en la fuente del 1,5 % y, en algunas ciudades, el reteICA. No es un costo perdido, pero sí es plata que dejas de tener en caja.
¿Qué cambió en 2026?
| Tema | Qué pasó | Estado |
|---|---|---|
| Retención en la fuente del 1,5 % | En enero de 2026 el Ministerio de Hacienda publicó un borrador de decreto para eliminarla en pagos con tarjeta débito y crédito desde el 1 de marzo de 2026. | Confirma con tu contador si ya aplica |
| ReteICA en Bogotá | En agosto de 2026 la Alcaldía propuso eliminarlo en pagos con tarjeta para pequeños comercios con ingresos menores a 1.933 UVT. | En trámite en el Concejo |
¿Te conviene cobrar recargo?
Puede que no. El recargo espanta compras: el cliente que no lleva efectivo puede irse a otro negocio. Antes de cobrarlo, compara:
- Cuánto pagas realmente en comisión por venta.
- Cuántas ventas pierdes por no aceptar tarjeta o por cobrar más.
- Si puedes incluir el costo en tus precios en lugar de cobrarlo aparte.
Pista rápida
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Este contenido es informativo y no reemplaza la asesoría de un contador o abogado.
Preguntas frecuentes
- ¿Es legal cobrar 5 % más por pagar con tarjeta?
- No hay una prohibición general, pero debes informarlo de forma clara y visible antes de la compra. Cobrarlo por sorpresa en la caja puede traer sanciones de la Superintendencia de Industria y Comercio.
- ¿Qué hago si me cobran un recargo que no estaba anunciado?
- Puedes pedir que no se cobre, elegir otro medio de pago o presentar una queja ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC).
- ¿Los pagos con billeteras digitales tienen retención?
- Según lo publicado en 2026, la intención del Gobierno es que no la tengan. Confírmalo con tu contador, porque estas reglas cambian.
- ¿Puedo cobrar un valor mínimo para pagar con tarjeta?
- Aplica la misma regla: debe estar informado de forma clara y visible antes de la compra.
